Normativa de drones agrícolas en Chile 2026: guía de la DAN 151 Ed.4 y la DAN 91

Operar drones agrícolas en Chile se rige por la DAN 151 Ed.4 y la DAN 91 de la DGAC. Resumimos qué exige la normativa vigente en 2026 y cómo cumplirla sin fricciones.
Operar drones agrícolas en Chile en regla es totalmente posible — y necesario. La normativa aeronáutica que rige estas operaciones proviene de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), principalmente a través de la DAN 151 (operaciones de RPAS) y la DAN 91 (reglas del aire). Aquí, una guía orientativa para entender el terreno.
DAN 151: operaciones de RPAS
Es la norma central para aeronaves pilotadas a distancia. Establece categorías de operación según el peso y el riesgo, requisitos para el operador y condiciones para volar de forma segura. Los drones agrícolas, por su tamaño y por operar sobre cultivos, requieren especial atención a estas categorías.
DAN 91: reglas del aire
Define cómo y dónde se puede volar: distancias, alturas, zonas restringidas y prioridades. Conocerla es lo que separa una operación segura y legal de un riesgo innecesario.
En la práctica, cumplir implica
- Registrar el equipo y al operador según corresponda.
- Planificar cada vuelo: ubicación, espacio aéreo y condiciones.
- Operar con seguridad: distancias a personas y bienes, y manejo responsable del agroquímico (donde también aplica la mirada del SAG).
Cumplir no es un obstáculo, es una ventaja
Operar en regla protege a tu equipo, a tu vecino y a tu negocio. Además, un servicio que cumple la normativa es un servicio en el que tus clientes pueden confiar. Nuestra capacitación integra el cumplimiento DGAC y SAG desde el primer día, para que la regulación deje de ser una duda y pase a ser parte natural de tu operación.
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