Normativa de drones agrícolas en Chile 2026: guía de la DAN 151 Ed.4 y la DAN 91

Volar un dron para pulverizar 40 hectáreas al día es hoy una realidad en el campo chileno. Pero antes de despegar un DJI Agras hay una pregunta que todo agricultor y operador debe resolver: ¿qué exige la ley chilena para operar un dron agrícola de forma legal? En esta guía resumimos, con fuentes oficiales, el marco vigente en 2026 —la nueva DAN 151 Edición 4 y la DAN 91— y qué implica en la práctica para quien fumiga o mapea con drones.

Aviso importante: este artículo es una guía general con fines informativos. La autoridad final es la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC). Antes de operar, verifica los requisitos vigentes en dgac.gob.cl o asesórate con un centro de formación certificado.

Quién regula los drones en Chile

En Chile, los drones —técnicamente RPAS (Remotely Piloted Aircraft Systems)— están regulados por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC). El marco se apoya en dos normas aeronáuticas principales:

  • DAN 151: regula las operaciones de RPAS. Históricamente se enfocó en operaciones de interés público en zonas pobladas.
  • DAN 91: regula las operaciones sobre zonas no pobladas, que es donde ocurre la mayor parte del trabajo agrícola.

Lo que cambió en 2026: la DAN 151 Edición 4

La novedad más relevante del año es la entrada en vigencia de la DAN 151 Edición 4, con fecha de vigencia el 30 de abril de 2026. El cambio de fondo es un giro de enfoque: se pasa de reglas rígidas centradas en zonas pobladas a un modelo basado en riesgo, que analiza el impacto real de cada operación sobre las personas, la infraestructura y el espacio aéreo.

En la práctica, la Edición 4 amplía y ordena categorías que antes eran difusas, incluyendo explícitamente vuelos recreativos, operaciones profesionales, operaciones avanzadas (FPV, vuelos BVLOS más allá de la línea visual y vuelos autónomos), transporte autónomo de carga y operaciones experimentales y académicas. Para el mundo agrícola, que las operaciones BVLOS queden reguladas es clave: permiten volar en predios extensos, aunque con altos requisitos técnicos y documentales.

Las categorías de operación (enfoque OACI)

Categoría Peso de referencia Dónde
Abierta Hasta 750 g Zonas pobladas
Específica Sobre 750 g hasta 9 kg (poblada); sin límite en zona no poblada Ambas
Certificada Hasta 25 kg (poblada); sin límite en zona no poblada Ambas

¿Dónde caen los drones agrícolas? Un DJI Agras cargado supera con holgura los 25 kg de peso al despegue. Esto significa que la pulverización agrícola casi siempre opera en el rango de mayores exigencias: categoría certificada u operaciones específicas/avanzadas, normalmente sobre zonas no pobladas bajo la DAN 91, y con frecuencia requiriendo autorizaciones adicionales.

Límites operativos básicos (VLOS)

Para operaciones dentro de la línea visual (VLOS), los límites de referencia son:

  • Altura máxima: 120 metros
  • Distancia horizontal máxima: 1.500 metros
  • Distancia mínima a personas: 30 metros
  • Zonas de aeródromo: respetar el área de protección (del orden de 2 km en el eje de pista y 1 km paralelo)

Superar estos límites —por ejemplo, volar BVLOS en un fundo grande— exige tramitar permisos específicos.

Qué necesitas para operar legalmente

  1. Credencial de piloto DGAC. Operar fuera del ámbito recreativo requiere la credencial correspondiente. La Edición 4 refuerza la profesionalización: exige evaluación formal de competencias teóricas y prácticas, y formación estructurada según la categoría de la operación.
  2. Registro del RPAS. Los drones que superan los 750 g deben inscribirse ante la DGAC (formulario del Apéndice B de la DAN 151 y pago según el tarifario vigente).
  3. Seguro y documentación a bordo. Se exige contar con seguro y portar la documentación de la operación.
  4. Certificado de operador (AOC) para trabajo comercial. Las empresas que prestan servicios de pulverización a terceros operan bajo un Certificado de Operador Aéreo otorgado por la DGAC.

Por qué la formación certificada es hoy un requisito, no un lujo

El mensaje central de la DAN 151 Ed.4 es que ya no basta con acumular horas de vuelo: la norma exige competencias formalmente evaluadas. Para un agricultor o contratista, quien se certifica correctamente puede ofrecer servicios de pulverización y mapeo con respaldo legal, diferenciándose de la informalidad.

En DroneSpray operamos con este marco como estándar y contamos con formación especializada (incluida la certificación DJI y la formación en software PIX4D) para que quien adquiere un equipo pueda operarlo de forma legal, segura y rentable desde el primer día.

Resumen

La normativa chilena de drones agrícolas en 2026 se ordena en torno a la DAN 151 Ed.4 (vigente desde el 30 de abril de 2026, con enfoque basado en riesgo) y la DAN 91 (zonas no pobladas). Los drones agrícolas, por su peso, operan en las categorías más exigentes y requieren credencial DGAC, registro del equipo, seguro y, para servicios comerciales, un certificado de operador.

¿Quieres operar tu DJI Agras con todo en regla? Conversemos sobre formación y certificación →

Fuentes

Nota: las categorías y umbrales de peso pueden ajustarse en la versión final de la norma. Confirmar siempre con la DGAC antes de operar.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

DRONESPRAY ESPALDA
DroneSpray drones agrícolas de precisión en Chile
DJI ACADEMY white small
LOGO DJI AGRICULTURE OK